USO RECHAZA LAS PROPUESTAS DEL BANCO DE ESPAÑA SOBRE LAS PENSIONES
febrero 16, 2017USOCV INSISTE EN LA NECESIDAD QUE LES CORTS PROMULGUEN UNA LEY DE AGENTES MEDIO AMBIENTALES DE LA GV
febrero 20, 2017USOCV IMPUGNA EL DECRETO DE PLURILINGÜISMO ANTE EL TSJCV POR VULNERAR EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA IGUALDAD DE LOS ALUMNOS QUE QUIEREN RECIBIR ENSEÑANZA EN CASTELLANO Y DISCRIMINAR A LOS ALUMNOS DE LOS CENTROS DE LÍNEA CASTELLANA, QUE NO OBTENDRÁN CERTIFICACIÓN EN INGLÉS.
USOCV impugna este Decreto, porque establece un trato injustificadamente diferenciado entre la lengua valenciana y la castellana, con una preponderancia de la primera sobre la segunda, que comporta una clara discriminación de la lengua castellana en relación con la valenciana, en su aplicación a las diferentes materias educativas que conforman los diferentes ciclos y niveles formativos, por lo que en consecuencia, infringe el derecho a la igualdad ante la Ley recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, y ello en la medida que tal desigualdad de trato entre lenguas, está desprovista de la objetividad, justificación, proporcionalidad y razonabilidad exigibles según el Tribunal Constitucional para que tal diferencia de trato pueda considerarse aceptable.
Asimismo, este Decreto, también vulnera el Art. 27 de la Constitución, que reconoce la libertad de enseñanza, viendo mermados los derechos de los padres a que sus hijos sean educados en una determinada lengua, y el derecho de los alumnos a ser educados con una determinada lengua.
El artículo14 de la Constitución establece que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Entre las circunstancias personales o sociales se encuentra la lengua.
A su vez, el Art. 3.1 de la Constitución dice que “el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla” y el art. 3.3. de la Constitución, afirma que ”La riqueza de las distintas modalidades linguísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección”.
Sin olvidar el Artículo 27 de la Constitución reconoce la libertad de enseñanza, derecho que comprende el de la elección por los padres de la educación que sus hijos van a recibir, y la lengua en la que van a recibir esa enseñanza.
El nuevo modelo lingüístico del Consell discrimina a aquellos alumnos que quieran recibir su enseñanza en Castellano, si los padres eligen para sus hijos la línea castellana como sucede en muchas comarcas, la presencia de la lengua extranjera será mucho menor, el nuevo Decreto está muy definido y va a suponer grandes cambios en todos aquellos colegios donde se había avanzado en la implantación del inglés.
Nuestros docentes han pasado años formándose en su especialidad de referencia y siempre se han preocupado por reciclarse para conseguir una docencia de calidad. La formación en nuevas tecnologías, en metodologías didácticas, la actualización en las materias propias de su especialidad son una constante en el sector, formarse en idiomas ha requerido la inversión de tiempo y recursos económicos. Desde FEUSOCV valoramos que se tendría que tener en cuenta también:
Que la implantación del Decreto no afecte las condiciones laborales en la jornada del trabajador contratado anteriormente a la publicación del Decreto.
Adaptar el nivel de titulación requerido al profesorado en función del nivel educativo en el que tenga que impartir y del nivel de certificación que podrán obtener sus alumnos.
Asegurar al profesorado que ya es especialista en la lengua correspondiente que no precisará de acreditación. La Universidad ya acreditó su formación.
Seguir facilitando al profesorado acceso en igualdad de condiciones a los planes de formación que oferte la Administración.
Determinar que el profesorado que se encuentre en activo y ya habilitado según la normativa vigente no precise de una nueva acreditación.