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mayo 2, 2018
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, censura a la Consellería de Educación el que no haya respetado el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos, incluida la lengua vehicular en que deben recibirla, al haber sido usurpada esa facultad por los Consejos Escolares y por los centros.
El TSJ censura que el Decreto anulado haya eliminado en la práctica la lengua castellana en las aulas, a través de los proyectos lingüísticos de centro y el sistema de niveles, al imposibilitar que en un mismo centro pudieran coexistir un programa plurilingüe en castellano y valenciano, por obligar a cada centro a elegir un mismo nivel.
La sentencia insiste en que la Consellería de Educación debe garantizar una oferta docente en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en una proporción razonable.
La sentencia supone un fuerte respaldo al derecho a la educación, y al derecho de los padres a elegir la educación que quieren para sus hijos, poniendo trabas al propósito de la Consellería de Educación de imponer el valenciano como lengua vehicular y desterrar el castellano de las aulas.
USOCV, además la petición de suspensión cautelar del Decreto, presentó también un recurso ordinario, solicitando la nulidad de diversos apartados del Decreto que incorporan un desequilibrio de las horas de impartición del valenciano en perjuicio del castellano, para que el castellano se mantenga en proporciones adecuadas.
Desde USOCV DEFENDEMOS que la lengua valenciana forma parte del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana, y como tal debe ser respetada, valorada y promovida, pero su promoción debe hacerse sin perjudicar a ningún sector profesional ni a ningún colectivo de la población.