USOCV forma parte de la Confederación USO, siendo su representación en la Comunidad Valenciana, y como tal defiende el valor de la independencia sindical frente a partidos politicos, patronales y gobiernos, como el bien más preciado del sindicalismo.

USOCV asume integramente como propia la Declaración de Principios y los objetivos contenidos en los Estatutos de la Confederación USO, así como su Carta Fundacional, su trayectoria histórica, su patrimonio cultural, su aportación a la lucha del movimiento sindical. por la Libertad y la Democracia, y su esfuerzo por consolidar un proyecto sindical autónomo e independiente.

USOCV , desde su posición de ser el mayor sindicato independiente de nuestra Comunidad, defiende los intereses de las personas, tanto trabajadores como desempleados y autónomos, y busca transformar la economía para construir una sociedad más justa y solidaria.


LO QUE NOS DEFINE


LA INDEPENDENCIA
USOCV es un sindicato independiente de partidos políticos, del gobierno y de la patronal, y que aspira a la unidad de todo el sindicalismo independiente y autónomo.

EL PLURALISMO
USOCV es un sindicato democrático y pluralista, abierto a todas las personas independientemente de sus ideas políticas y religiosas.

LA AUTONOMÍA
Desde la autonomía, establece su propia estrategia en función exclusivamente de los intereses de los trabajadores.
Libres e IndependientesLa participación en USOCV se realiza, en primera instancia, a través de las Secciones Sindicales, donde todos los afiliados de una empresa o entidad administrativa deciden libremente, y con total autonomía, su actuación sindical y la negociación colectiva en su ámbito.
La misma autonomía tienen las Federaciones y los Sectores Profesionales.

LA AUTOFINANCIACIÓN
Para garantizar su autonomía e independencia, USOCV ha creado una estructura sólida y eficaz, que está financiada con recursos propios y procedentes de las cuotas de los afiliados.


USOCV PRINCIPIOS PROGRAMÁTICOS DE USOCV


USOCV SE DECLARA
Desde su empeño por potenciar un proyecto sindical autónomo e independiente, exclusivamente al servicio de los intereses de los trabajadores, USOCV se declara:

a) Organización sindical libre y soberana, creada y dirigida por los propios afiliados/as.
b) Sindicato basado en la autonomía sindical; absolutamente independiente de los partidos políticos, de los gobiernos y de las patronales, como la mejor garantía para la defensa de los intereses de los trabajadores.
c) Sindicato Solidario, que rechaza cualquier sistema social o económico que explote a los trabajadores, y que hace de la solidaridad un imperativo para la protección de los trabajadores/as más débiles y desprotegidos.
d) Sindicato democrático, con una respeto absoluto a los procedimientos democráticos en todos los actos y decisiones; que defiende y garantiza la democracia interna.
e) Sindicato Pluralista, abierto a todos los trabajadores, en el respeto a sus concepciones políticas, filosóficas, ideológicas, religiosas o culturales.
f) Sindicato de masas, que aspira a aglutinar el mayor número posible de trabajadores de todos los sectores de la producción, administración y servicios, para la defensa global y solidaria de sus intereses colectivos

Los ejes que definen a la UNIÓN SINDICAL OBRERA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA son:

1) Un humanismo auténtico, que sitúa al ser humano trabajador, individualmente y colectivamente, como sujeto central del proceso histórico en sus vertientes social, económica, productiva y cultural.
2) Una opción decidida por la Libertad y la Democracia, entendidas como un fin en sí mismas y como soporte para el mejor desarrollo de la condición y dignidad humanas.
3) El compromiso histórico de luchar por una nueva sociedad en la cuál las libertades sindicales y políticas, así como el pluralismo democrático y los instrumentos del crecimiento económico y productivo estén al servicio de la Justicia social, de la igualdad, la solidaridad y el progreso social.
4) Una opción del sindicalismo para promover la madurez y la responsabilidad colectiva de los trabajadores, y para impulsar su propia capacidad de autoorganización para pensar, actuar y asumir el protagonismo de su destino.
5) Un sindicalismo fundamentado en la Democracia interna, la Autonomía y la Independencia.



DERECHOS DE LOS AFILIADOS INDIVIDUALES

Son derechos de los afiliados que estén al corriente en el pago de sus cotizaciones sindicales, los siguientes:

1) Participar en todas las actividades e iniciativas promovidas por USOCV, en sus diversos ámbitos.

2) Participar, con voz y con voto, en las asambleas de afiliados que se convoquen en su ámbito de encuadramiento, según se determine reglamentariamente.

3) Ser oídos y dar su opinión, a través de los órganos represen­tativos oportunos, sobre cualquier asunto de interés para USOCV.

4) Presentarse como candidato/ta a las elecciones internas para ocupar cargos de responsabilidad en los diferentes órganos de gobierno del sindicato, sin que pueda existir discriminación alguna, y sólo en los términos establecidos por los Reglamentos de desarrollo, que podrán exigir antigüedades mínimas para ello.

5) Presentarse como candidato/ta para ser delegado/a, en los Congresos y Asambleas que se convoquen en su ámbito de encuadramiento, de acuerdo con los Reglamentos vigentes.

6) Presentarse para ser elegido/a como candidato o candidata dentro de la candida­tu­ra electoral de USOCV a las elecciones sindicales de su ámbito de trabajo, según establezca el Reglamento de Secciones Sindicales de USOCV o las normas aplicables para su Sector o Federación, cuando se trate de elecciones que van mas allá de una sección sindical abarcando un sector.

7) Expresarse y manifestarse libremente en el interior del Sindicato, siendo respetado en sus opiniones y convicciones ideológi­cas, filosóficas o religiosas, pero sin perjuicio ni menoscabo del cumplimiento de los acuerdos estable­cidos democráticamente por los órganos competentes. En ningún caso, el derecho a la libertad de expresión podrá amparar conductas ofensivas, insultantes o descalificatorias para con los órganos o cualquiera de sus miembros, tampoco las que causen grave perjuicio a la imagen pública del Sindicato o atenten contra el honor y dignidad personal de sus representantes y afiliados y afiliadas.

8) Recibir los servicios de asesoramiento y defensa jurídica y técnica, en los términos estableci­dos en las normas reguladoras del funciona­miento de estos servicios. Este derecho no incluye el asesoramiento para reclamar o tramitar acciones judiciales contra USOCV, o contra sus órganos de gobierno o contra los dirigentes del sindicato.

9) Recibir todos los servicios prestados por USOCV.

10) Recibir información sindical­, a través de las publicaciones del Sindicato.

11) Disponer de información de los Acuerdos, Pactos o Convenios Colectivos que le afecten laboralmente.

12) Conocer la situación económica del Sindicato, reflejada en los Presupuestos, en el Balance de Situación y en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

13) Defenderse frente a cualquier sanción o resolución disciplinaria contra el, impugnándola ante los órganos competentes de USOCV, así como ser oído durante la fase de instrucción del expediente disciplinario.

14) Impugnar los acuerdos de los órganos, que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.

15) Conocer la composición de los órganos de gobierno y representación de la Federación o Unión a la que pertenezca. así como a ser informado de las decisiones adoptadas por los órganos directivos de las diferentes estructuras donde está encuadrado, cuando le afecten directamente.

16) La confidencialidad absoluta de sus datos personales y profesionales, y su uso exclusivo para los fines del sindicato establecidos en estos Estatutos.

17) Ser convocado a las Asambleas que se realicen en su Sección Sindical, participando en las mismas con voz y voto.

18) Disponer de un ejemplar de los Estatutos y del Reglamen­to de su Sección Sindical, así como cualquier reglamento regulador desarrollado, cuando sea requerido.

Para disponer de estos y otros derechos que pudieran corresponderle, el afiliado deberá estar al día en todos los pagos al sindicato, sin deber cantidad económica alguna. El acceso y disposición de estos derechos se desarrollará reglamentariamente. Mientras existan deudas económicas, de cualquier tipo, con el sindicato, y hasta su completa liquidación, el afiliado deudor no podrá ejercitar ninguno de los derechos que pudieran corresponderle, permaneciendo suspendidos.


DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS INDIVIDUALES

Son obligaciones comunes a todos los afiliados, las siguientes:

1) Difundir y propagar los principios y objetivos del Sindicato.

2) Participar y apoyar las iniciativas o campañas desarro­lladas por el Sindicato, en sus diversos ámbitos.

3) Cumplir los Estatutos y Reglamentos vigentes de USOCV.

4) Respetar y cumplir las decisiones democráticamente adoptadas por los órganos de dirección y representación de USOCV, en todos sus ámbitos y niveles, y participar activamente en su puesta en marcha. Los acuerdos de los órganos tienen carácter vinculante, dentro del respeto a la libertad de expresión.

5) Abonar puntualmente la cotización establecida por los órganos competentes del Sindicato, atendiendo el pago de las cuotas que el sindicato inste al cobro, por las modalidades de pago establecidas.

6) Estar al corriente en el pago de las cotizaciones estable­ci­das, para tener derecho a recibir todos los servicios del Sindicato.

7) No tener deudas económicas con el sindicato, permaneciendo al día en todas las obligaciones económicas con el mismo.

8) Asistir a las reuniones, asambleas y congresos a los que le corresponda ser convocado, así como a los cursos de formación para los que sea convocado.

9) Aceptar los cargos para los que fuere elegido, salvo imposibi­lidad manifiesta.

10) Esforzarse en el cumplimiento de los cargos para los que fue elegido.

11) Presentarse como candidato a las elecciones sindicales en la candidatura promovida por la Sección Sindical, cuando así se lo demande ésta, o su Federación o desde el Área de Acción Sindical.

12) Quienes sean miembros de Comités de empresa, Juntas de Personal o Delegados de Personal, deberán permanecer exclusivamente afiliados al Sindicato USOCV, o a alguno de sus sindicatos federados, durante todo el período de su mandato representativo como condición para la vigencia del mismo o, en caso contrario, cesarán en su condición de representantes, siendo sustituidos automáticamente por el siguiente candidato de la lista electoral, desde el mismo momento en que hagan pública su marcha de USOCV o se pasen a otra organización, con desafiliación o no al Sindicato que lo presentó electoralmente.

13) Mientras se esté afiliado a USOCV, no incurrir en doble afiliación sindical; excepto en los casos de sindicatos federados.

14) Quienes desempeñen cargos de responsabilidad están obligados a guardar reserva de las deliberaciones del órgano al que pertenezcan, y secreto respecto de los datos e informaciones que con ese carácter sean tratados en el mismo.

15) Aquellos afiliados que sean miembros de Comités de Empresa o Juntas de Personal y los que sean Delegados de Personal, darán cuenta a sus correspondientes Secciones Sindicales del uso del crédito de las horas sindicales propias y acumuladas, cuando éstas lo soliciten.

Asimismo, podrán acumular la totalidad o parte de sus horas sindicales, cuando legal, reglamentaria o convencio­nalmente proceda y así se acuerde por la Sección Sindical o Secciones Sindicales del ámbito de la representación unitaria, en otros miembros de la candidatura o en el/los Delegados de Sección Sindical.

El crédito horario, propio y acumulado, del Delegado de Sección Sindical estará, en todo momento, a disposición de su Sección Sindical.

De no existir Sección Sindical constituida, será la propia Federación o Sector quién la suplirá a estos efectos.

16) Los afiliados que sean representantes legales de los trabajadores (miembros Comités Empresa, de Juntas de Personal, Delegados de Personal o Delegados Sindicales) tienen el deber de afiliar al máximo de compañeros/as de su centro de trabajo o empresa, así como a los trabajadores/as de su sector.

17) Los afiliados que ocupen cargos de responsabilidad dentro de la estructura del sindicato (en Federaciones o Uniones Territoriales) y máxime cuándo están liberados, tienen la obligación de afiliar al máximo de trabajadores/as de su sector o rama de actividad, promoviendo para ello campañas de afiliación, y buscando el acercamiento con colectivos independientes para tratar de afiliarlos.

18) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno.